En nuestra calidad de Corredor de Seguros y en cumplimiento a la ley e
instrucciones impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros
(S.V.S.), informamos que durante el año calendario anterior,
intermediamos contratos de seguros con las compañías que se indican a
continuación (Art. 57 DFL 251):
% PRIMA INTERMEDIADA
Compañía de Seguros Generales
|
Compañía de Seguros de Vida
|
Además, para responder al correcto y cabal cumplimiento de todas
nuestras obligaciones demandadas como Corredor de Seguros, y en
especial de los perjuicios que podamos ocasionar a los asegurados que
contraten seguros por nuestro intermedio, hemos constituido la
siguiente garantía (Art. 58 DFL 251):
COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES CONSORCIO NACIONAL DE SEGUROS S.A.
|